Circular AMC-CIR-000101-2026 – Desarrollo de la planeación de la Semana de apropiación conceptual y metodológica Momento I-2026

En atención a lo dispuesto en la Resolución 2346 de 2007 del Ministerio de la Protección social, en el capítulo II,
«Evaluaciones Médicas Ocupacionales», artículo 3 «Tipos de evaluaciones médicas ocupacionales», establece que las evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado en forma obligatoria son como mínimo, las siguientes: 1. Evaluación médica pre-ocupacionales o de ingreso. 2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambio de ocupación). 3. evaluación médica por ocupacional o de egreso».
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