Apreciados Rectores, Directivos docentes, maestros y administrativos, reciban ustedes un caluroso saludo.
Con el fin de garantizar la calidad en la prestación del servicio educativo para Jóvenes y Adultos, en el marco del Decreto Único Reglamentario del Sector Educativo 1075 del 2015 en su Sección 3 referente a la educación de adultos en la cual se establecen algunas orientaciones para su implementación en la Jornada Nocturna, es fundamental tener en cuenta las siguientes consideraciones.
Sólo podrán ofrecer Educación para Jóvenes y Adultos, los establecimientos educativos con matrícula Oficial que fueron focalizados y relacionadas en el Decreto 0911 de 18 de junio de 2019, expedido por el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, que cuentan con un Proyecto educativo instituciones – PEI y resolución de la Jornada Nocturna actualizada.
Ver documento completo: Circular No. 024



