En atención al Acuerdo Laboral de 2022 entre la administración distrital de Cartagena, sus entes descentralizados, entes de control, personería distrital, concejo distrital de Cartagena y las organizaciones sindicales, dentro de la negociación del pliego unificado del distrito de Cartagena, se acordó lo siguiente:
ARTICULO 17. IMPUESTO PREDIAL La secretaria de Educación, la oficina de Dirección de Impuesto y la Entidad Financiera de Recaudo en concordancia con el artículo 37 del acuerdo 2014, y artículo 13 DEL ACUERDO 2021, realizará las gestiones necesarias para aplicar al beneficio de descuento establecido del impuesto predial a los funcionarios y empleados de la secretaria de Educación Distrital, permitiendo promediar las cuotas por el resto del año fiscal que corresponda. Gestiones que se efectuaran dentro de los 20 días a partir de la firma del presente acuerdo.
En consecuencia de lo anterior, teniendo en cuenta las labores adelantas por la Secretaria de Educación Distrital y la Secretaria de Hacienda, es posible acceder a este beneficio, para lo cual pueden acercarse a la Secretaria de Hacienda, primer piso, con los siguientes documentos:
-
- Fotocopia de la cedula
- Certificado de libertad y tradición del inmueble no mayor a 3 meses
- Si el inmueble es del cónyuge, padres y/o hijos, documentos que demuestren el parentesco, tales como registros civil de nacimiento, registro civil de matrimonio o declaración juramentada de convivencia.
Con esto se inicia un proceso de libranza donde se verifica, por parte de la Secretaría de Educación, la capacidad de endeudamiento del funcionario y se procede a aprobar o negar la solicitud, para que en caso de ser aprobada se incluya en las novedades de nómina.
De acuerdo a lo anterior, estaremos trabajando de manera conjunta con la Secretaría de Hacienda para poder aplicar este beneficio a los docentes, directivos docentes y administrativos, adscritos a la Secretaria de Educación Distrital.
Ver circular/resolución