La Evaluación de Desempeño Laboral es una herramienta de gestión objetiva y permanente, encaminada a valorar las contribuciones individuales y el comportamiento del evaluado, midiendo el impacto positivo o negativo en el logro de las metas institucionales. Esta evaluación de tipo individual permite así mismo medir el desempeño institucional. (Acuerdo 6176 de 2018).
Este mismo acuerdo, define como Periodo de Evaluación el comprendido del 1 de febrero y el 31 de enero del año siguiente, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes fases:
PRIMERA: Concertación de Compromisos
SEGUNDA: Seguimiento
TERCERA: Evaluaciones parciales
CUARTA: Calificación definitiva
Durante el período anual de Evaluación del Desempeño Laboral se deberán efectuar evaluaciones parciales semestrales así Evaluación parcial del primer semestre del 1 de Febrero al 31 de Julio de cada año y Evaluación parcial del segundo semestre del 1 de agosto y 31 de Enero del siguiente año y las eventuales cuando así se requieran, en los 15 días hábiles siguientes a su vencimiento.
Los formatos que genera el aplicativo en cada semestre y deben de radicarse de acuerdo a su ocurrencia son:
Primer Semestre:
Concertación de Compromisos
Evaluación Del Desempeño Laboral Evaluación 1° Semestre Periodo Anual
Evaluación Del Desempeño Laboral Definitiva Semestre 1
Segundo Semestre:
Evaluación Del Desempeño Laboral Evaluación 2° Semestre Periodo Anual
Evaluación Del Desempeño Laboral Definitiva Semestre 2
Evaluación Del Desempeño Laboral Calificación Definitiva
Para el Primer semestre del periodo 2021-2022 la fecha límite para el registro de esta evaluación es 23 de Agosto de 2021.
Esta Evaluación debe realizarse en el aplicativo EDL APP dispuesto por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) para tal fin, y los documentos PDF generados en el cargue de la misma debidamente firmados por Evaluador y Evaluado radicarse en el Sistema de Atención al Ciudadano – SAC, al cual puede acceder a través de la página de la SED www.sedcartagena.gov.co, a más tardar el 27 de Agosto del corriente.
Cabe anotar que además de no poder acceder a los beneficios establecidos en los Artículos 12, 13 y 14 del Aucerdo 6176 de 2018 de la CNSC, la no entrega de Evaluación de Desempeño Laboral tiene consecuencias disciplinarias, para los responsables del proceso.
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