La Secretaría de Educacion Distrital en cumplimiento del Decreto 1042 de 1978 y las directrices emitidas por el Ministerio de Educacion Nacional, expidió la Resolución No. 1908 del 06 de Abril de 2021, mediante la cual se establecen los parámetros y lineamientos para el reconocimiento y pago de las horas extras del personal administrativo que prestan sus servicios en instituciones educativas oficiales del Distrito de Cartagena y la Planta Central.
En este sentido, todo funcionario que además de su tiempo laboral reglamentario, labore un tiempo extraordinario a dicha jornada semanal, en forma diurna o nocturna, recibirá además de su salario básico mensual, el importe de sus horas extras, sin desbordar los limites establecidos en las disposiciones vigentes y este principio; de lo cual darán fe y verificaran los respectivos rectores de los funcionarios adscritos a sus instituciones educativas y certificados por las Unaldes, cumpliendo las condiciones establecidas en las normas que rige la materia.
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