“Por la cual se convoca a los funcionarios administrativos SGP de la Secretaría de Educación Distrital de Cartagena de Indias para las elecciones virtuales de sus representantes principales y suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo vigencia 2023-2025, y se dictan otras disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE CARTAGENA DE INDIAS D.T. Y. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 315 de la Constitución Política, literal c) del artículo 24 del Decreto 614 de 1984, literal a) del artículo 14 de la Resolución 2013 de 1986, Resolución 652 de 2012 de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, hoy Ministerios de Trabajo y de Salud y Protección Social y Decreto 1072 de 2015.
CONSIDERANDO
Que el artículo 315 de la Constitución Política de 1991, consagra entre otras atribuciones del Alcalde, las de:
“1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los decretos del Gobierno, las Ordenanzas y los Acuerdos el Concejo.
…
3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo…”
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