CIRCULAR No. 049 – Utiles inutiles no pueden ser requeridos a los padres de familia por matricular a sus hijos en instituciones debidamente legalizadas en el Distrito de Cartagena.
Al matricular a sus hijos en un establecimiento reconocido legalmente por la secretaria de Educación Distrital de Cartagena a través del otorgamiento de Licencia de funcionamiento se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones.
VER DOCUMENTO: Circular No. 049 de 2020