Resolucion 1297 febrero 09 de 2026 – Sindy Diaz Hernandez

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se procede a notificar por aviso al señor  Sindy Diaz Hernandez, identificada con cédula de ciudadanía No. 22.807.560, el contenido del acto administrativo No. 1456, de fecha 13 de Febrero de 2026, Por la cual se corrige la Resolucion No CARTAPENRES2025-0000188 la cual SE RECONOCE Y ORDENA EL PAGO de una pensión de sobrevivientes, causada por la docente antes mencionada .

Resolucion 1120 febrero 03 de 2026 – Mirta Isabel Chico Acevedo

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se procede a notificar por aviso a la señora  Mirta Isabel Chico Acevedo, identificada con cédula de ciudadanía No. 45.420.714, el contenido del acto administrativo No. 1120, de fecha 3 de Febrero de 2026, Por la cual se  da cumplimiento al fallo proferido por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Cartagena que ordena Pension de Jubilacion  por aportes a la Docente antes mencionada.

Resolucion 1289 de febrero 06 de 2026 – Luis Alberto Mendoza Periñan

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, se procede a notificar por aviso al señor  Luis Alberto Mendoza Periñan, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.083.867, el contenido del acto administrativo No. 1289, de fecha 6 de Febrero de 2026, Por la cual se reconoce una Reliquidacion  de la Pensión de Jubilacion.

Circular – AMC-OFI-0013691-2026 – Orientaciones para la implementación de modelos educativos flexibles por la planta de docente sin carga académica o con la carga incompleta, para evitar la deserción escolar en población estudiantil en situación de extraedad.

En la vigencia 2025, la tasa de EXTRAEDAD en los establecimientos educativos de la ciudad se situó alrededor de un 9.9%, lo que implica que, aproximadamente 21.554 estudiantes presentaban un desfase significativo entre su edad y el grado escolar que deberían cursar.

Circular – AMC-OFI-0013650-2026 – Orientaciones parala implementación del programa de educación básica y media para jóvenes y adultos en el distrito de Cartagena

Con el fin de garantizar la calidad en la prestación del servicio educativo para Jóvenes y Adultos, en el marco del Decreto Único Reglamentario del Sector Educativo 1075 del 2015 en su Sección 3 referente a la educación de adultos en la cual se establecen algunas orientaciones para su implementación en la Jornada Nocturna, es fundamental tener en cuenta las siguientes consideraciones: