Circular AMC-CIR-0005583-2026 – Reporte Incapacidades Medicas de Funcionarios Administrativos
Con el propósito de cumplir con los procesos administrativos que se surten regularmente, se les recuerda a los funcionarios, el DEBER LEGAL de radicar en forma oportuna las incapacidades médicas, máximo dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en la cual se generó la incapacidad; de no realizarse el reporte oportunamente, se podrá informar como posible abandono del cargo.



